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(Amparo Interamericano); el Derecho de Amparo que reconoce el artículo 8 de la Declaración Universal (Amparo Internacional); ambas garantías convencionales surgidas en el seno de la Organización de Estados Americanos, en abril de 1948, y reconocida por la Declaración Americana en su artículo 18, como el ”Amparo”, bajo influencia del Amparo mexicano.
Es importante que los derechos humanos de los ciudadanos mexicanos se respeten por todas las autoridades y permanezcan bajo la tutela efectiva del Estado, frente a todos los actos arbitrarios comunes y corrientes del detentador del poder público en México y en el mundo.
Pero más aún que se tutelen judicialmente de manera efectiva, debido a la importancia de su protección original desde el nacimiento de la Nación mexicana, de esta manera nace en la Nueva España el “Amparo Real” y se renueva en la Constitución de Cádiz de 1812, en el “Juicio Sumarísimo de Amparo”, como la máxima garantía jurídica que se ha inventado en México, para la defensa de los derechos humanos y que ha irradiado al mundo de manera universal.
El amparo se instauró y entró en vigor, por primera vez, en la Constitución de Yucatán el 17 de mayo de 1841, bajo la inspiración del jurista Manuel Crescencio Rejón, y con posterioridad se implantó a nivel federal por la influencia del diputado por Jalisco, Mariano Otero, quien lo propuso y se estableció en 1847, como Proceso de Amparo, ahora de competencia federal; centralizándolo políticamente, en el ámbito estrictamente federal, y así desnaturalizándolo, porque sus orígenes eran estatales procedente en contra de los poderes Ejecutivo o Legislativo, federal o estatal. El proceso de amparo apareció así en su artículo 25, en forma definitiva, en el acta de reformas de la Constitución Federal de 1847, de la Constitución de 1824 (primera Constitución mexicana). Sin embargo, el proyecto de Rejón de 1846, como diputado por el Distrito Federal, le confería la competencia a los jueces ordinarios, como era su idea inicial, pero no pudo defender su proyecto, por situaciones políticas, ya que había sido acusado de ser un traidor a la Patria, cuando por el contrario había defendido el territorio nacional (ministro) y evitado la invasión americana en varias ocasiones (tres según él), preservando para México la soberanía e integridad nacional, con su intervención diplomática.
Autor | GIL RENDON, RAYMUNDO |
ISBN | 978-607-9389-69-7 |
Materia Principal | DERECHOS HUMANOS |
Año de Edición | 2017 |
No. Páginas | 268 |
Tipo de Publicación | LIBRO |
Presentación | RÚSTICA |
No. Tomos | 1 |
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